miércoles, 4 de julio de 2012

Fertilización Asistida


INTRODUCCIÓN


Durante años, muchas parejas han tenido el sueño de conformar una familia con hijos, pero algunas veces, esto no se concreta satisfactoriamente, ya sea por problemas de infertilidad femenina o masculina. Es por ello que se han creado procedimientos clínicos que permiten cumplir estos anhelos, tal como fecundación asistida. La reproducción médicamente asistida (RMA) se define como el conjunto de técnicas que ayudan a la reproducción humana en casos de esterilidad, mediante distintas técnicas de reproducción.
Según distintas percepciones, este procedimiento congrega diversos problemas de índole ético, ya que no es aceptada del todo por las personas. Con la realización de este informe, es posible conocer qué es la fertilización asistida, las consecuencias y también conocer la mirada de jóvenes entre 18 a 20 años sobre los dilemas que conlleva. Asimismo analizar aristas del dilema ético que implica la RMA, a través de los principios bióticos y los valores morales; además de como se relacionan con la legislación chilena y los principios de atención al paciente. Estos serán precisos para que en el futuro, al hacer frente a estos casos como profesionales, conozcamos otras perspectivas ante el dilema en cuestión. Para esto es primordial usar los principios éticos, bioéticos y los dones idóneos.
Particulares predominios se crean en cuanto a la fertilización asistida, aún falta una legislación concreta de parte del país con respecto a esto, existe un vacío legal, por ejemplo, al hablar de los embriones que no son introducidos en el útero materno, y qué sucede con ellos en los laboratorios. A continuación se darán a conocer distintos dilemas que nacen desde el procedimiento mencionado antes, de los cuales se seleccionará uno para analizar en profundidad.

METODOLOGÍA

Para lograr conocer las distintas perspectivas de los jóvenes en el contexto de la fertilización asistida, se ejecutó una encuesta en la que se incluyeron  a treinta sujetos de la Universidad de Valparaíso, sede San Felipe, Campus Medicina. Este procedimiento fue llevado a cabo en el mes de julio del 2012. Se tomaron como variantes a jóvenes de ambos sexos, con edad promedio de 21 años. Los criterios de exclusión tomados para el estudio  fueron cultura, carrera y nivel cursado. Se hizo la entrega de una hoja a cada sujeto en donde se hacían las preguntas (ver anexo). Posteriormente los datos fueron  registrados en el programa Excel y luego analizados.

FERTILIZACIÓN ASISTIDA
Definición
La reproducción médicamente asistida (RMA)  comprende el conjunto de técnicas que ayudan a la reproducción humana en casos que existan problemas de esterilidad por parte de algún o ambos miembros de una pareja.

Utilización de  los métodos de reproducción asistida

Las parejas que acuden a esta técnica  de reproducción es porque  poseen un diagnóstico de infertilidad, condición que según la Organización Mundial de la Salud (OMS) se presenta después de los  12 meses de  relaciones sexuales coitales frecuentes sin  utilizar ningún tipo de protección  dando como resultado la no  gestación. Corroborando la definición descrita por la OMS, el Consejo Internacional de Difusión de Información sobre Infertilidad que una pareja es infértil si cumple con las siguientes consideraciones:
1-. No han concebido después de más de 12 meses de mantener relaciones sexuales sin protección, o después de 6 meses si la mujer posee una edad mayor a 35 años de edad, hay que recordar que de esta edad hacia adelante existe una rápida declinación de la fertilidad por lo que debería solicitarse ayuda de forma inmediata.
2-. No puede llevarse el embarazo a término.
3-. Estadísticas internacionales muestran que 2 de cada 10 parejas son infértiles, esto quiere decir que aproximadamente 60 millones de personas en el mundo tienen problemas para se, el 80% no tiene acceso a tratamientos que existen, a pesar de esto  el 70% son propensos a tratamientos mas sencillos. El diagnóstico de infertilidad es propio de cada caso ya que  varía del grado y tipo de alteración que se presente, pero el objetivo de éste es el mismo: definir cual será la mejor alternativa del tratamiento a seguir para que la pareja se encuentre cómoda y en las mejores condiciones para iniciarlo.
Para esto existen 2 tipos de tratamientos a  seguir: El primero es un  método natural que consiste en que la pareja busque el embarazo sin la necesidad de una intervención médica pero es muy poco efectiva por lo que se opta  por un segundo tratamiento que son las técnicas de reproducción asistida, donde la pareja es asesorada por un grupo de salud especializado en cada uno de sus  ciclos  con el fin de lograr la ansiada fecundación.

Técnicas de reproducción asistida

Se pueden clasificar en dos grandes categorías dependiendo de su complejidad, ya sea de baja o alta. Las primeras son aquellas donde se establece una unión entre óvulo y espermatozoide dentro de la trompa de Falopio. Como lo son: el Coito programado y la Inseminación intrauterina. Las de alta complejidad por su parte,  son aquellas en donde la unión entre óvulo y espermatozoide tiene lugar en el laboratorio, lo que implica la necesidad de extraer los óvulos del organismo de la mujer. Ejemplo de ello es la Fertilización in Vitro y la Inyección intracitoplasmática de espermatozoides (ICSI)

Técnicas de baja complejidad:

1-. Coito Programado
Es la técnica más simple. Consiste en una estimulación leve de la ovulación y controles ecográficos periódicos que tienen el objeto de conocer el número de folículos presentes en los ovarios y de programar el momento adecuado para tener relaciones sexuales.
2-. Inseminación Intrauterina o artificial (IIU)
Es una técnica sumamente sencilla que se define como el depósito de espermatozoides en forma no natural en el tracto reproductivo de la mujer, en el momento próximo a la ovulación, con la finalidad de conseguir un embarazo. 

Resultados No favorables Generales de la RMA

La utilización de estas técnicas no siempre resultan de las mejores formas por diversas razones ya sea por  factores como: la edad del paciente, las condiciones del laboratorio, el método utilizado todos estos factores son los responsables de los resultados de estos métodos. Se pueden producir:
·        Embarazo extrauterino o ectópico :Ocurre cuando el  feto se implanta y se desarrolla fuera del útero desviándose  a las trompas de Falopio, al canal cervical  o a la cavidad abdominal , es causado frecuentemente por una afección que retarda el paso de un óvulo fecundado a través de las trompas de Falopio hacia el útero. Este riesgo se ve favorecido por las técnicas de reproducción asistida de alta complejidad, especialmente por el FIV.
·         Embarazos múltiples: Un embarazo de más de un embrión se lo considera fuera de lo normal y está encuadrado dentro de los embarazos de alto riesgo. Uno de cada 80 embarazos corresponde a mellizos, uno de cada 8.000 a trillizos y uno de cada 1.000.000 es gemelar cuádruple. Estos números han ido variando debido a tratamientos de embarazos mediante técnicas de fertilización asistida lo cual actualmente la aparición de embarazos múltiples es cada vez mayor. Por la razón anterior es necesario llevar a cabo controles ecográficos y medir los niveles de estradiol para cancelar el ciclo de reproducción asistida en el caso de que se detecten más de dos o tres folículos ovulatorios.
·         Síndrome de hiperestimulación ovárica o SHO: Se caracteriza por aumento de peso y  sensación de inflamación, entre otras dificultades, se debe a una respuesta anormalmente elevada  a los medicamentos de fertilidad generando  muchos óvulos. Fármacos que se emplean para evitarlo o reducirlo son:
1.      Cabergoline: agonista de la dopamina que reduce la hemoconcentración y la ascitis en mujeres hiperestimuladas.
2.      Quinagolide: otro agonista de la dopamina que se usa como prevención de una hiperestimulación ovárica temprana en pacientes que se realizan una fecundación in vitro (FIV).
·         Aborto natural: Siendo unos de los riesgos derivados del  embarazo, que se calcula que se produce entre el 20-22% de los casos y casi siempre durante las primeras semanas. Se define como aborto espontáneo a la pérdida de un feto por causas naturales antes de las 20 semanas de embarazo, en contraste, se denomina feto muerto a la pérdida del mismo por causas naturales después de las 20 semanas de embarazo.

¿Qué ocurre con aquellos embriones no implantados?
Los embriones generados gracias al método de fertilización asistida no son todos implantados al mismo tiempo, sino que entre 2 a 4, y depende principalmente de la edad de la futura madre y las condiciones corporales que esta presenta. Los embriones que no son utilizados en los primeros procedimientos pueden experimentar el proceso de criopreservación -método para preservar los tejidos y los órganos en un estado viable a temperaturas extremadamente bajas-.
Los embriones pueden ser congelados desde el primer momento que se observa la fecundación, o bien a lo largo de su división, ya sea en día 2 (4 células), día 3 (8 células) o día 5-6 (blastocisto). Se someten a este proceso todos aquellos que sean buenos en función de los criterios morfológicos de calidad embrionaria. Evidentemente, no es el objetivo de ningún ciclo el congelar embriones, pero si son estos evolutivos hay que congelarlos para intentar conseguir una gestación más adelante. 
Cabe señalar que cuando el embrión es bueno va a poder ser congelado y descongelado con éxito. Lo que sí es cierto es que cuantas menos células tiene el embrión, mejor supervivencia tiene. Por lo tanto, sobreviven mejor a la descongelación los embriones más precoces que los más avanzados, por su mayor complejidad celular. 
El Dr. Fernando Zergers Director Científico de la Unidad de Medicina Reproductiva Clínica Las Condes por su parte, afirma que tanto en el senado como en la prensa se han vertido expresiones como "desecho de embriones, fabricación de embriones destinados a morir y procurar la muerte premeditada de embriones". Es de falsedad absoluta que se desechen embriones y es igualmente falso que se generen embriones que por la naturaleza del procedimiento estén destinados a morir. Además sostiene categóricamente que la fecundación in vitro no produce efectos negativos en al embrión.
¿Qué se considera vida?

En base al apartado anterior se quiere establecer qué son los embriones no implantados. Se tomará en cuenta línea dictada por el aspecto religioso y el científico.  En cuanto a lo religioso hay tantas perspectivas de este asunto como tantas iglesias. Desde la perspectiva Católica el comienzo de la vida humana se da en el momento de la concepción desde cuando un gameto masculino y un gameto femenino se unen, en la fecundación, dando lugar al embrión, aparece una realidad distinta del organismo del padre y de la madre que constituye ya un organismo diverso, es decir, un nuevo cuerpo humano incipiente. Y «donde hay un cuerpo humano vivo, hay persona humana, y, por tanto, dignidad humana inviolable.». También la Iglesia Evangélica de Alemania en una Declaración establece que la vida humana es desde el momento de la fecundación”.
Por otra parte, algunos científicos que sostienen que el comienzo de la “persona humana”  sucede a partir del decimocuarto día posterior a la concepción. Esto fue
propuesto por primera vez en el año 1979 por el Ethics Advisory Board (DHEW)
en los EE.UU. fundamentando su posición en el hecho que en el decimocuarto
día finaliza la implantación del embrión. 
Ciertas legislaciones denominadas de corte "individualista" (de finales de los ochenta) consideraron que no había dignidad humana hasta pasados 14 días de la concepción. Leyes como la española se basaron en esta distinción en que es ese el momento en el que se va a implantar el cigoto en el útero; mientras que otras como la uruguaya fundamentan esta distinción en que el "pre embrión" pasa a ser embrión cuando aparece la cresta neural o inicio del sistema nervioso central (8-9 semanas después de la última menstruación de la madre).

Aspectos éticos y morales nacionales sobre las técnicas de reproducción asistida
Entre los aspectos a analizar serán los éticos, bioéticos tanto la atención del paciente y la ética cívica, se abordarán  todos estos puntos en el cuarto caso presentado.
·         Desde el enfoque principialista  se tomaran los siguientes principios:
1.      Autonomía: significa “autogobierno”, una persona se comporta libremente de acuerdo al estilo de vida que el mismo se forma. Este concepto esta fundamentado en 2 conceptos: una de estas es la libertad que es la independencia de las influencias  que nos controlan, y la agencia, es decir, la capacidad para la acción intencional.
2.      Beneficencia: consiste en prevenir el daño, eliminarlo o también se refiere a hacer el bien a los demás, en otras palabras es actuar por el bien de otros. En cuanto al ámbito médico se refieren sólo a aquellos actos que son una exigencia ética en el ámbito de la salud.
3.      No maleficencia: Éste principio está  propuesto desde el Juramento Hipocrático, el cual señala la prohibición de causar daño intencionalmente a los demás. A veces se suele  incluir en el concepto anterior, pero la obligación de no hacer daño intencionadamente es totalmente distinta a la obligación de hacer el bien a los demás.
4.      Justicia: Aristóteles  la considera como la más elevada o "perfecta" en relación a las otras virtudes éticas, y es definida cuando las personas reciben los beneficios a las cargas que merecen.
·         En el ámbito de la Ética Cívica según Adela Cortina, las mínimas de justicia que se expresan son: libertad, solidaridad, diálogo, igualdad y tolerancia, siendo  los mas relevantes los primeros 3.La primera mínima se basa en la autonomía moral y  autonomía política, la segunda es una acción para apoyar al débil para que alcance mayor autonomía junto con  desarrollo y la tercera se considera como  la mejor manera de resolver los problemas con los demás. Y las máximas: corresponden a las actitudes que se basan en la búsqueda de la felicidad y bienestar emocional  no perjudicando a otros con este accionar, ni tampoco pasando a llevar a otros individuos
·         Principios implicados en la atención de la persona :
-Respeto: es el hecho de reconocer  el valor de las demás personas y de uno mismo, éste es recíproco, integral se establecido por respeto y reconocimiento .
-Empatía: es la capacidad de poder experimentar la realidad subjetiva de otro individuo, sin perder la dimensión de nuestra  realidad, con la finalidad de guiar al otro a que pueda experimentar su posición  de una forma completa.
-Compasión: es la capacidad de sentirnos próximos al dolor de los demás y la voluntad de aliviar sus penas, es decir, es sentir el deseo de que los demás estén libres de sufrimiento.
-Individualidad: es una característica particular de la personalidad de un individuo que lo distingue especialmente de los demás, se basa en  la premisa de que el individuo humano es de importancia primaria en la lucha por la liberación.
-Confidencialidad: es la propiedad de garantizar de que la información es accesible únicamente al personal autorizado a acceder a dicha información, también se presenta en la relación medico-paciente.
-Competencia: es la integración de las actitudes, habilidades y conocimientos necesarios para cumplir de manera exitosa las funciones laborales, vinculando el hacer con el saber.
-Confianza: es la seguridad plena  o esperanza absoluta que un individuo otorga a otro, o  es la seguridad que uno tiene en sí mismo.
-Conciencia: es la facultad del espíritu humano de reconocerse a sí mismo y al mundo que lo rodea, en cuanto a términos psicológicos es el conocimiento del bien que debe hacerse y del mal que hay que evitar.
Lineamientos  Legales
·         Proyecto de Ley Chile
El doctor y senador (Octava, del Bíobio).  Mariano Ruiz -Esquide Jara, plantea que se reconoce la necesidad de establecer y consagrar límites legales a la manipulación de embriones humanos. Es por esto que se plante la siguiente propuesta:
Artículo 1º.- La presente ley autoriza y establece normas que regulan las técnicas de reproducción humana asistida,(…), con un fin procreativo, realizadas por un equipo especializado debidamente autorizado y acreditado.
El uso de las técnicas de reproducción humana asistida con fines distintos del procreativo queda prohibido.
Artículo 2º.- Se deberá  procurar siempre resguardar la vida y la salud del embrión humano, así como el que los hijos nacidos producto de estas técnicas lo hagan en un hogar constituido y estable, constituido por chilenos o extranjeros con residencia permanente en Chile, que les brinde la oportunidad de tener un ambiente adecuado para su cabal desarrollo como persona.
Artículo 6º.- Los gametos femeninos y masculinos, deberán provenir de los miembros de la pareja. Sólo en el caso de ausencia de gametos o que éstos no sean útiles al fin reproductivo, se podrá recurrir a gametos de donantes.
(…) el consentimiento del donante deberá constar por escrito, en él se deberá renunciar expresamente a la acción de reclamación de la paternidad o maternidad, en su caso, de la criatura que se conciba con ellos.
El revocante podrá solicitar del centro médico que le informe si han sido utilizados algunos de sus gametos en un procedimiento de reproducción humana asistida.
Artículo 7º.- Los CEMRHA deberá verificar que el donante no padezca enfermedades (…) no se podrá utilizar gametos donados por una persona que ya ha dado origen a seis nacimientos.
Artículo 9º.- A partir de la entrada en vigencia de esta ley, la técnica de criopreservación de embriones quedará prohibida.
Los CEMRHA que mantengan bancos de embriones criopreservados deberán informar al Ministerio de Salud, en el plazo de 90 días desde la entrada en vigencia de la presente ley, acerca de la cantidad de embriones que mantengan y la identidad de las parejas que se sometieron a las técnicas que dieron origen a ellos;
a)      Las parejas que mantengan embriones criopreservados tendrán un plazo de cinco años para hacer uso de ellos, lapso después del cual los embriones serán de libre adopción por otras parejas.
b)      Dichos Centros no podrán destruir los embriones criopreservados, ni aun a pretexto de incumplimiento de las obligaciones económicas asumidas por los integrantes de la pareja que les dio origen.
Artículo 11º.-  Será sancionado con presidio menor en cualquiera de sus grados y multa de cien a quinientas unidades tributarias mensuales el que:
2º. Criopreserve o destruya intencionalmente un embrión humano vivo. (…)
3º. Haga experimentos genéticos en un embrión humano;
4º. Manipule un embrión humano con cualquier finalidad, que no sea la de mejorar las condiciones de salud del propio embrión;
5º. Manipule un embrión humano con la finalidad de discriminar por razones no médicas,
6º. Utilice un embrión humano para un fin distinto de la procreación,
7º. Produzca artificialmente híbridos, quimeras, divisiones gemelares o clones de seres humanos vivos o fallecidos.
8º. La mujer que se sometiere a la técnica con el propósito de que se desarrolle en su cuerpo un embrión que luego, como criatura nacida, sea entregada a título oneroso, a otra persona; así como aquél que la indujere directamente a consentir en ello y el que haya aceptado recibir el niño.                                                                                                           Si el infractor fuere un profesional médico o enfermera, será castigado, además, con la pena de suspensión en su grado medio a inhabilitación de profesión titular en su grado mínimo.                                                                                                                                          En caso de reincidencia o reiteración se aplicarán las penas asignadas al delito en su grado máximo.

Ley 20.120 República de Chile. Promulgada el 22 de septiembre de 2006.

      El articulo 1 tiene, la finalidad de: “proteger la vida de los seres humanos, desde el momento de la concepción, su integridad física y psíquica, así como su diversidad e identidad genética, en relación con la investigación científica biomédica y sus aplicaciones clínicas.” 

·         Ley de Fertilización Asistida de la provincia de Buenos Aires (N° 14208) República de Argentina. Promulgada 1 de enero de 2011.
Artículo 1º-. La presente Ley tiene por objeto el reconocimiento de la infertilidad humana como enfermedad, de acuerdo a los criterios internacionales sustentados por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Asimismo se reconoce la cobertura médico asistencial integral de las prácticas médicas a través de las técnicas de fertilización homóloga reconocidas por dicha Organización, conforme lo normado en la presente y su reglamentación.
Artículo 2°-. La infertilidad es la dificultad de una pareja de concebir un niño naturalmente o de llevar un embarazo a término, luego de un año de vida sexual activa.
 Artículo 3°-. Son objetivos de la presente, entre otros:
a) Garantizar el mayor nivel de tratamiento médico asistencial integral dentro del ámbito de las parejas que padezcan esta patología, para la procreación de un hijo biológico.                                                                                                                                   b) Regular, controlar y supervisar los centros médicos que realicen tanto los diagnósticos y tratamientos de la infertilidad y los procedimientos de la fertilidad asistida.                                                                                                                                           c) Elaborar estadísticas para el conocimiento, estudio y seguimiento de esta problemática, a través de la Autoridad de Aplicación.                                                               d) Efectuar campañas de información y prevención en todo el ámbito del territorio provincial a fin de informar a la población de las posibles causas de esta enfermedad y los tratamientos existentes para lograr el embarazo y llevarlo a término.                              e) Propiciar el desarrollo de centros de referencia de procreación humana asistida integral en efectores públicos, cuyo número y ubicación definirá la Autoridad de Aplicación con miras a facilitar el acceso a la población de todo el territorio provincial.    f) Capacitar, por intermedio de la Autoridad de Aplicación, a los Recursos Humanos para lograr su especialización, dentro y para los efectores públicos de salud.

DILEMAS

Como se ha mencionado antes, se han dilucidado algunos dilemas éticos que nacen desde la fertilización asistida, y son nombrados a continuación:
1) El matrimonio González está pasando por una mala situación económica debido a la cesantía del  esposo. En una reunión de amigos comentan este hecho y ellos les cuentan que han encontrado una forma de solucionar aquel problema, ya que ellos pasaron por lo mismo. Ellos les comentaron que la alternativa en la que concurrieron fue vender células sexuales a una clínica. ¿La familia González debería aceptar esta solución?
2) Una pareja sin vínculo matrimonial desean tener hijos pero no pueden debido a la infertilidad del hombre.  Investigan sobre el tema y los procedimientos a los cuales podrían acudir para obtener un progenitor. ¿Puede una pareja no casada optar a este tratamiento?
3) Una pareja ya establecida legalmente que asiste y cree en la religión católica tiene problemas para concebir un embarazo.  A partir de este dilema le piden consejo al Padre de la iglesia en la que participan si debieran utilizar algún tratamiento clínico para tener hijos.
4) Un matrimonio decide realizar el procedimiento de fecundación asistida, después de buscar variada información sobre el tema, las consecuencias, problemas y efectividad. Deciden elegir la fecundación IN-VITRO. Luego de un tiempo, cuando el embrión debía ser implantado en el útero a la mujer, la pareja se arrepiente de efectuar dicha intervención por miedo a un embarazo de alto riesgo y por una posible pérdida del hijo, quedándose con falsas esperanzas. ¿Qué pasa estos embriones ya concebidos?

Caso numero 4 fue elegido debido a las implicancias éticas que acarrea esta situación, ya que se pone en jaque desde cuando un conjunto de células pueden ser consideraras como vida. Desde ese punto de vista el dilema se centra en que sucede con los embriones que no son implantados.

ENCUESTA
  Se obtuvo que 18 de los jóvenes estudiantes encuestados, donarían a la ciencia los embriones no utilizados en el proceso de implantación de las técnicas de fertilización asistida, mientras que 11 estudiantes los congelarían por un tiempo indefinido y solo uno mataría a dichos embriones. Ninguno de los sujetos encuestados señaló otra alternativa para tratar a los embriones no utilizados. 

ANÁLISIS
A partir de diversas percepciones éticas, científicas y legislativas, se puede realizar un análisis con respecto al dilema planteado. Lo que se pretende lograr es conseguir una deliberación que sea lo menos irreprochable posible. Para ello se han tomado diferentes matices referentes a principios bioéticos, principios de atención al paciente, ética cívica, entre otros. Se analizaran uno a uno los puntos respectivos de cada enfoque.
Principios de atención al paciente
-          Respeto (activo): Se respeta la decisión de la pareja de obtener un infante mediante estos procesos médicos. Sin embargo se pasa a llevar el respeto de este embrión, ya que en muchas ocasiones se olvida que estos tienen vida.
-          Empatía: es definida como la capacidad de ponerse en el lugar del otro, en este caso en particular se puede establecer que no existe empatía por parte de los progenitores. Pues omiten que estos futuros infantes poseen derechos como todas las personas.
-          Compasión: consiste en la virtud de comprender el dolor ajeno y ser capaz de sentirlo como propio. A partir de este  enunciado se puede comprobar que no existe compasión hacia los embriones, porque no piensan en ellos, más bien se les ve como la manera de satisfacer la necesidad de ser padres.
-          Individualidad: se entiende como algo o alguien que tiene una característica que lo hace ser particular, distinguiéndose de los demás. Cada uno de los óvulos fecundados poseen características únicas y especiales, ninguno es igual a otro. Cada  uno de los pacientes que deciden optar por este método, deben tener derecho a la privacidad, es decir, ninguno de los profesionales debe proveer información a terceros.
-          Confidencialidad: es el acceso a la información solo a las personas a las que se les autoriza o les compete, resguardando la intimidad del paciente. En este caso la pareja que elige efectuar una fecundación asistida tiene derecho a la confidencialidad.
-          Competencia: cada uno de los profesionales involucrados en el proceso de este procedimiento debe ser competente, es decir, deben estar capacitados y tener los conocimientos suficientes para dar una atención eficaz y eficiente.
-          Confianza: se define como seguridad que se deposita en algo o alguien. En este tipo de métodos es esencial la confianza entre el equipo medico y la pareja, pues se debe tener fe que los profesionales utilizaran sus competencias para obtener un resultado satisfactorio.
-          Conciencia: es la faculta de reflexionar frente a determinadas situaciones. Frente a esto se puede establecer que la pareja debe tener conciencia de que el procedimiento trae consigo consecuencias, que no es 100% exitoso, entre otros. También debe existir conciencia por parte de los profesionales, o sea  no desconocer que es un ser humano que necesita una atención digna y  que él/ellos son responsables de los pacientes.

Enfoque Principialista
Se considera también al enfoque principialista de Beauchamp y Childress, quienes construyeron las características esenciales de los principios bioéticos; tales como la beneficencia, la no maleficencia, la justicia y el respeto por la autonomía. Estos principios no siempre se encuentran presentes en las situaciones médicas y procedimientos clínicos, es por ello que se buscarán dentro del caso escogido y en caso contrario por qué no se cumplen.
-          Beneficencia: en cuanto a este principio, no se sabe a ciencia cierta si se cumple, ya que la información del caso no es concluyente. Puede deducirse que un grupo médico buscará siempre el bienestar del paciente. Los profesionales implicados en el procedimiento deben dar a conocer todas las posibilidades que puedan ocurrir, sean positivas o negativas previniendo cualquier daño futuro, por lo tanto esto probablemente se hizo presente.
-          No maleficencia: la acción de no vulnerar a los individuos, es básico al momento de tratarlos por medio de procedimientos clínicos. En el caso planteado se cumple a cabalidad, ya que no se les priva a los individuos de realizar su sueño, en este caso tener un hijo. Sin embargo, si se mira del punto de vista de la iglesia, se transgrediría al ser si es que en un caso se realizaran pruebas médicas con ellos (embriones), donde se les privaría el derecho a vida.
-          Justicia: el acceso a los procedimientos de fecundación IN.VITRO en muchas ocasiones enlazan gastos monetarios elevados. El principio de justicia quizás  no se cumpla, ya que quizás el matrimonio no quiso concretar el método IN-VITRO porque no les alcanzó el dinero para finalizar el tratamiento. En ese caso el acceso a la salud está en controversia por problemas financieros.
-          Respeto por la autonomía: la autonomía es claramente respetada, ya que la pareja que quiere procrear a través de este método lo hace voluntariamente. Es más, son ellos quienes se acercan para informarse sobre la efectividad, las consecuencias, problemas, etc. lo que posteriormente determinará su decisión. El grupo de profesionales y médicos a cargo de estos procedimientos tienen el deber de informar cada una de las intervenciones que se realizarán, además siempre debe existir privacidad y confidencialidad entre el grupo medico y el paciente.

Visión de la ética cívica
Existen parámetros máximos y mínimos de valores, que influyen en la toma de decisiones éticas. Además se toman en cuenta los derechos y deberes del sujeto en cuestión.
-          Mínimos de justicia: fueron creados para obtener una convivencia armónica con las diferentes opiniones de las personas. Los convocados en el caso estudiado son la libertad, ya que la pareja ha dispuesto esta facultad gracias a la autonomía que se les confiere como seres humanos para poder desertar de la decisión de implantación. La solidaridad está presente por parte del esposo, al aceptar la decisión de la esposa. Por último el diálogo; abarcado de dos puntos de vistas, entre la pareja y también el que se efectúa entre estos y los profesionales involucrados. Por un lado la pareja logra llegar a un acuerdo en cuanto al rechazo del procedimiento por parte de la mujer, y por otro lado la pareja con el equipo médico, en donde se discutirá acerca del futuro de los embriones.
-          Máximas: conseguir la felicidad sin dañar a otros. Es la decisión tomada por la pareja, la considerada como más efectiva para construir sus vidas en torno a la felicidad. El alcance de esta felicidad no debe pasar a llevar a otros ni causarles daño, sin embargo, si los embriones fueran tomados como vida, pasarían a perjudicar el desarrollo individual al no ser implantados y posiblemente congelados.

Concepción de Vida
Existe una constante discusión en torno a protección legal del ser humano luego del proceso de la fertilización (en el caso de los embriones no utilizados), en donde la primera idea, es la que considera a la persona como individuo desde el momento de la fecundación, así el cigoto constituye un ente de realidad asimilable a la persona.  Fiel reflejo de esto es la iglesia Católica, ya que a pesar de estar en desacuerdo con estas prácticas –porque se cree que sólo Dios puede dar y quitar la vida-, apoya el hecho de que el embrión debe ser tratado como vida, puesto que esta comienza desde la unión de los gametos masculinos y femeninos. La segunda postura sostenida, es la cual de un punto biológico no se define por su genotipo sino por la realidad emergente que surge durante el desarrollo y que evidentemente tiene propiedades de ser vivo y humano.
Lo que se podría asimilar con lo establecido en algunos países que sostienen que la vida comienza cuando aparece la cresta neural, en la octava novena semana de gestación
          A pesar de estas dos posturas, Chile se rige por la ley 20.120 , publicada en el diario oficial chileno el dia 22 de septiembre de 2006.
El artículo 1 de la legislación 20.120 tiene la finalidad de proteger la vida de los seres humanos, desde el momento de la concepción, su integridad física y psíquica, así como su diversidad e identidad genética, en relación con la investigación científica biomédica y sus aplicaciones clínicas.

Análisis Lineamientos Legales
Dentro de la legislación chilena no se encuentran promulgadas leyes que se preocupen de tratar temas tan importantes y delicados como lo es la fertilización asistida. Sólo se cuenta con proyectos de ley que hasta este entonces se encuentran estancados en las cámaras de diputados y senadores. De entre esos proyectos, se puede rescatar el del senador Mariano Ruiz -Esquide Jara quien plantea en el artículo 1 que las técnicas de fertilización asistida solo deben ser consideradas con  un fin procreativo. Es aquí donde concuerda la opinión del grupo, ya que ese embrión debe ser considerado como vida, y por tanto tratado como tal. No es ético lucrar, ni experimentar con ellos, como tampoco lo es con individuos adultos. Cada uno de esos  embriones merece respeto y dignidad. Esto mismo, relaciona completamente con el artículo 2 del mismo senador, que establece que se debe resguardar la vida y la salud del embrión.
Además el proyecto de ley considera que Los CEMRHA –institución a cargo del procedimiento- debe preocuparse por cumplir con los artículos establecidos, que los gametos sean provenientes de la pareja, aunque pueden ser de otros donantes. La institución debe contar con el consentimiento por escrito de las partes, asegurarse de que los donantes no padezcan patologías, entre otros. Este punto de vista se comparte con el grupo, puesto que es necesario que exista una entidad fiscalizadora y reguladora de tan complejo procedimiento, para que de esta manera no se pase a llevar la integridad de esa vida ni tampoco de los futuros padres.
En el artículo 9 se sientan las bases sobre lo que se debe hacer con aquellos embriones que no fueron fecundados, y que afirma que el proceso de criopreservación se encuentra prohibido, aunque también existen excepciones. Nuevamente se coincide con el autor, la manera más correcta de tratar a estas vidas es dándoles lo mejor. Por tanto una familia bien constituida, por ello se encuentra la opción de donar y de “adoptar” estos embriones por otras pareja infértiles.
Por último se tiene que en el artículo 13 que quienes no cumplan con lo estableado en la ley estos artículos serán sancionados, porque lo que se busca con esta legislación es el bienestar de la nueva vida y de los padres. Hay que hacer énfasis en que se castigará por sobretodo a los médicos que se involucren en malas prácticas, ya que no cumplen con los principios básicos de la atención en salud.
Argentina a diferencia de chile presenta una ley establecida y aprobada hace un par de años para tales procedimientos. Creando las delimitaciones del tema y enfatizando el bienestar de la nueva vida.

Análisis de Encuesta
A partir de la encuesta realizada a la acotada muestra que logra inferir que: La mayoría de los sujetos considera vida a un embrión, es decir, a partir de que se fecunda es una ser viviente.
               Por otra parte, cuando se les pregunta sobre el destino de los no implantados dentro del útero de la mujer, estos responden, en un gran porcentaje que los donarían a la ciencia para experimentos. Probablemente, esta decisión haya estado influenciada por el hecho de que los sujetos se encuentran inmersos en el área de la ciencia y la investigación.
DELIBERACIÓN
Dependiendo del momento en que consideramos vida y en que momento ésta se crea, se puede consensuar una postura clara frente al caso escogido. Como grupo hemos establecido una opción a tomar como la mejor, con respecto al futuro de los embriones que no fueron implantados. Esto es, que se cree una institución del estado, quien debe fiscalizar y transparentar los procedimientos de fertilización.  Los requisitos necesarios deben ser un matrimonio casado y bien establecido, entre otros, regidos bajo los fundamentos de adopción chilena, siendo esto una derivación del amparo consentido.

CONCLUSIÓN

La reproducción asistida pese a hacer un procedimiento que cumple los anhelos de muchas personas, no deja de ser un tema controversial y debatible. Es por esto que se ha tomado como problemática principal del análisis de este informe, la deliberación entorno al futuro posible que pueden tener los embriones que resultan del proceso de fertilización asistida, que no son implantados en el útero materno. Cabe destacar que desde de la perspectiva ética, no todos los procedimientos de destino de los embriones son éticamente aceptados. Estos pueden ser utilizados para experimentación, ser criopreservados, ser utilizados con fines lucrativos y que el hecho de cumplir el fin, en este caso la procreación trae consigo el derroche de muchos otros de embriones para conseguir el desarrollo de solo uno.
En Chile, se torna complicado tratar este tema legislativamente, debido a que no se estipula específicamente órdenes jurídicas en cuanto a que sucede con los embriones, sólo se dice que se resguarda la vida antes del alumbramiento, dejando un vacío legal. A partir de esto se han creado proyectos para regulan la utilización de este tratamiento, ya que muchas veces puede ser empleado como método de lucro o con fines netamente científicos, omitiendo el fin exclusivo de procrear. Con esto realizamos una crítica al parlamento en Chile, por una falla en el sistema legislativo y ejecutivo, por la ineficiencia de aprobación de leyes esenciales hoy en día. 
A pesar de que se necesita una legislación, es difícil concretar una ley específica en cuanto a este dilema, pues no existe consenso acerca de cuando es considerado que comienza la vida. Aunque este dilema haya sido resuelto para nosotras, aún queda en debate este conflicto. Pues es primordial en la decisión individual la creencia religiosa, desarrollo social y valórico entregado por la familia, la cultura y el contexto emocional del sujeto que expresa su opinión. Finalmente con el análisis propuesto, se busca crear conciencia acerca de lo que significa vida y qué consideramos como tal, dándonos cuenta  del verdadero valor que tiene.

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